¿Cuándo termina la obligación de pagar alimentos?, ¿ hasta qué edad se le pagan alimentos a los hijos? ¿si estoy cesante puedo dejar de pagar alimentos? Trataremos esta y otras dudas en este artículo.
¿ Cuándo termina la obligación de pagar alimentos a los hijos?
- Al cumplir 21 años
- Al cumplir 28 años si están estudiando.
- Al contraer matrimonio.
- Si el hijo tiene empleo y este le permite mantenerse por el mismo.
- Si quien se encontraba pagando alimentos tiene el cuidado personal del menor.
- Otras causas menos habituales.
Veremos los motivos por los que puede terminar la obligación de pagar alimentos a los hijos en detalle.
¿ Hasta que edad de paga pensión alimenticia a los hijos?
Aunque una persona es mayor de edad a los 18 años, en el caso de los alimentos, la obligación termina un poco después:
- Cuando el hijo cumpla 21 años si el hijo no se encuentra estudiando.
- Al cumplir 28 años si el hijo está estudiando.
Muchas personas que nos han consultado, piensan que si el hijo se encuentra estudiando a los 21 años, la obligación de alimentos automáticamente se extenderá hasta los 28, esto no es así, terminado los estudios la obligación también termina.
Por ejemplo, si el hijo está estudiando arquitectura, y termina su carrera a los 23 años, en ese momento termina su derecho de recibir alimentos.
Esta pensión no pasará más allá de los 28 años independiente de si se encontraba estudiando y no ha terminado su carrera profesional o técnica.
En algunos casos podría extenderse más allá, pero son casos muy excepcionales.
¿Qué pasa si el hijo antes de cumplir los 28 años termino una carrera y se encuentra estudiando otra?.
En la práctica los hijos no siempre estudian una sola carrera, puede que no la hayan terminado, cambiaron de carrera, comenzaron otra, o cualquier otra situación similar.
Los tribunales en general han fallado que continuando los estudios antes de los 28 años la obligación de alimentos se mantiene, aunque cambien de carrera o no la terminen, es necesario analizar el caso específico para saber si es factible solicitar el cese, por lo que nos puede consultar directamente para ver su caso.
Otros motivos de cese de pensión de alimentos de los hijos
Que los alimentos terminen por llegar los hijos a cierta edad, es el caso más común, pero existen otros motivos que los veremos a continuación.
Por matrimonio de hijos.
Por regla general, la obligación de pagar alimentos termina con el matrimonio del hijo. Para solicitar alimentos se debe seguir un orden:
- En primer lugar, corresponde solicitar alimentos al cónyuge.
- En segundo lugar, a los padres.
Por lo que, si una persona se encuentra en la necesidad de solicitar alimentos, debe recurrir en primera instancia a su cónyuge y después a sus padres.
Veamos un ejemplo.
Francisca tiene 23 años y se encuentra estudiando enfermería, recibe pensión de alimentos de su padre desde hace 20 años, este año francisca contrajo matrimonio.
En el caso anterior el padre que pagaba su pensión alimenticia podrá solicitar que esta termine ya que el principal obligado sería su marido.
Creo que quedo clara la idea. Continuemos.
Por tener el cuidado personal del hijo
El obligado a pagar alimentos a los hijos es aquel de los padres que no vive con ellos, si esta situación varía y el padre que pagaba alimentos obtiene el cuidado personal del menor, podrá solicitar que termine este pago. También usaremos un ejemplo para aclarar.
Francisco, menor de 12 años, vivía con su madre y esta recibía por el menor una pensión de 400 mil pesos, por razones largas de explicar el tribunal de familia otorgo el cuidado personal a su padre, por lo que francisco se fue a vivir con él.
¿El padre podrá solicitar el cese de pensión para Francisco?
Claro que SI, el niño vive con el padre, en este caso el pago de pensión ya no procede, y no solo eso, el papá de francisco ahora está en condiciones de solicitar alimentos a la madre para que responda económicamente por su hijo.
Hijo se encuentra trabajando
Si el hijo se encuentra en condiciones o cuenta con los recursos para suplir sus necesidades los padres no serán obligados a proporcionar alimentos.
A modo de ejemplo se ha fallado que, aunque el hijo no haya cumplido 28 años y este estudiando, esto por sí solo no amerita la mantención de los alimentos, pues está trabajando y tiene la capacidad de cubrir sus necesidades sin el apoyo de sus padres.
Como podemos ver, son varias las causas por las que puede terminar la obligación de pagar alimentos a los hijos, contáctenos, lo podemos ayudar.
¿Cuándo termina la obligación de pagar alimentos a la cónyuge?
Hay algunas causas de término de la pensión alimenticia que son propias del matrimonio como por ejemplo el divorcio y la nulidad.
Término o cese de pensión alimenticia por divorcio o nulidad.
La razón por la cual los cónyuges se deben alimentos no es otro que el matrimonio, de manera que disuelto dicho vínculo, desaparece la causa que justifica la obligación de pagar alimentos.
Sólo en la medida que el demandante este casado con el demandado procede demandar alimentos, y si este matrimonio termina el derecho desaparece.
Otras causas de término de la pensión de alimentos en el matrimonio
La obligación de pensión de alimentos dentro del matrimonio también termina:
- Si varía la capacidad económica del cónyuge que los paga, poniendo en riesgo sus propias necesidades.
- Si cambian las necesidades económicas del que los recibe, siendo innecesario su pago.
En estos dos casos no necesariamente termina la obligación de alimentos, en algunos casos solo se suspende pues las facultades económicas del alimentante y necesidades del alimentario pueden variar nuevamente.
Espero que este artículo haya aclarado sus dudas, si quiere hablar de su caso no dude en contactarnos..
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